Derecho medioambiental: contaminación acústica, ruidos, vibraciones, molestias.

Derecho medioambiental y ruidos

QUALIT ABOGADOS

se erige como uno de los despachos profesionales punteros en la defensa jurídica y lucha contra la contaminación acústica y el ruido.

Nuestro ordenamiento jurídico protege el derecho a la salud,  al descanso y a la inviolabilidad del domicilio, elevándolos a la categoría de derechos fundamentales. También nuestros tribunales de justicia han recogido ese testigo, existiendo cada vez más sentencias contra la contaminación acústica y sus causantes.

Y es que la contaminación acústica y el ruido, a día de hoy, constituyen un serio problema para la salud y calidad de vida en nuestras localidades, llegando a ser uno de los mayores perjuicios, en nuestro actual modo de vida, para las comunidades de propietarios, y para algunos vecinos en particular. Sin duda, se trata también de un factor medioambiental muy a tener en cuenta a la hora de ponderar la fijación de un lugar de residencia, e incluso de lugar de trabajo.

En Qualit Abogados y Asesores asesoramos y defendemos sus derechos ante agresiones de este tipo en y desde diferentes jurisdicciones:

La vía penal.

Reservada para los supuestos más graves en los que concurre un delito medioambiental o un resultado de lesiones físicas y/o psíquicas (alteración del sueño, insomnio, ansiedad, trastornos obsesivos, etc). Reclamamos también por el daño moral sufrido o que esté sufriendo tanto usted como los allegados con los que conviva.

La vía administrativa 

Reservada para accionar contra administraciones públicas por defectuoso otorgamiento de licencias de apertura o de actividad de los negocios y locales que generan las molestias. También por su inactividad ante el concreto problema o, si se quiere, por el defectuoso control de la emisión de los niveles de sonido generados por los mismos.

La vía civil

Donde, ante la jurisdicción de esa denominación, tanto los particulares como las comunidades de propietarios y siempre previo estricto cumplimiento de unos requisitos de procedibilidad, pueden accionar directamente contra el/los responsable/s de las emisiones y las molestias, bien por vía del artículo 1.902 (y siguientes) del Código Civil, bien por vía del artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (acción de cesación).

Asesoramos sobre reclamaciones por molestias y ruidos provocados por terrazas y bares, viviendas particulares, discotecas y locales nocturnos, viviendas calificadas como turísticas, centros deportivos, gimnasios, cuartos de ascensores, aparatos de aire, extractores, humos, olores, comercios, calderas, animales, etc.

Como profesionales de apoyo y a fin de sustentar nuestras pretensiones, disponemos de un cualificado equipo multidisciplinar de profesionales y peritos que valorarán e informarán sobre el alcance de los daños y las lesiones que puedan, en su caso, ser objeto de reclamación. Nos referimos a técnicos e ingenieros especialistas en mediciones acústicas, arquitectos, médicos de valoración del daño, psicólogos, etc.

Explíquenos cuál es su problema. Lo analizaremos y diseñaremos una estrategia que, seguro, pondrá fin a esas molestias.

Servicios jurídicos, asesoría y mediación

¿Necesita que le ayudemos a resolver sus dudas?

Contacte con nosotros si desea que le aclaremos cualquier cuestión relacionada con alguno de nuestros servicios o solicitar
un presupuesto sin compromiso. Escríbanos a info@qualitabogados.com, o si lo prefiere, utilice nuestro formulario de contacto.