La publicidad que colapsa tu bandeja de entrada

La publicidad que colapsa tu bandeja de entrada

En plena era de la tecnología en la que muchas de las actividades cotidianas están informatizadas, cada vez es más frecuente la comunicación a través de medios electrónicos. Es notorio el aumento del número de usuarios que utilizan los medios telemáticos como el correo electrónico, ya no solo por motivos profesionales, sino también por motivos comerciales. Es fácil sentirse identificado en este sentido cuando hablamos de la cantidad de publicidad que podemos recibir a lo largo de un determinado periodo de tiempo, procedente de diferentes remisores con fines publicitarios o promocionales, especialmente en las épocas que las empresas ofrecen descuentos, léase el Black Friday, Cyber Monday, rebajas de verano o invierno. Pero os preguntareis, ¿es toda esa información que recibimos, licita?

Para dar respuesta a lo suscitado con anterioridad, vamos a exponer sucintamente qué regula la legislación actual en esta materia. Es importante destacar como regla general, que el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por cualquier vía de comunicación electrónica estará prohibido, tanto a particulares como a empresas. Este es el denominado correo basura o más conocido por todos como SPAM.

No obstante, se establece como matiz que para que estas comunicaciones sean legales y licitas, deberán haber sido solicitadas previamente por el remisor o expresamente autorizadas por los destinatarios.

Asimismo, hay que tener en cuenta que, no estarán prohibidas aquellas comunicaciones que se remitan como consecuencia de una relación contractual previa existente entre ambas partes y siempre que dichos datos hayan sido obtenidos por el prestador de manera legítima, siempre y cuando, se empleen para el envío de publicidad comercial de productos de su propia empresa. Por lo tanto, estos productos deberán ser los mismos o similares a los que previamente fueron contratados con el cliente.

Por ejemplo, estaría totalmente prohibido  que nos envíen correos publicitarios o promocionales de coches si lo que hemos comprado es un electrodoméstico.

Es necesario resaltar que, en cualquier caso, el remisor deberá facilitar al contratante un medio para poder oponerse al tratamiento de los datos con esta finalidad, el cual consistirá en incluir en cada correo electrónico publicitario que se remita, una dirección de correo electrónico u otra dirección electrónica efectiva donde pueda ejercitarse este derecho.

Por último, aunque el cliente haya autorizado el envío telemático de publicidad comercial, hay que tener en cuenta que para obtener la legalidad de las mismas, el cliente o destinatario del correo tiene derecho a dar de baja sus suscripción en cualquier momento y poner fin al envío de publicidad.

Normalmente, en la parte inferior de cualquier correo publicitario existe una opción que permite darse de baja en dicha suscripción publicitaria. Esta viene establecida como a continuación se expone:

«Este email ha sido enviado a la dirección xxxxxx. Si deseas dejar de recibir comunicaciones por email , haz click aquí. Si quieres modificar tus datos accede al apartado Mi cuenta de xxxxxx. Puedes contactar con nosotros enviando un email a xxxxx o en el teléfono xxxxxx.»

Por lo tanto, les dejamos algunos consejos a seguir para evitar que la bandeja de entrada se colapse:

  • Siempre que exista esa posibilidad, intente configurar su cuenta para que todos estos mensajes se trasladen directamente al apartado de spam.
  • Utilice su cuenta de correo electrónico personal solamente con personas, entidades o empresas con las cuales realmente desea comunicarse asiduamente.
  • Intente utilizar cuentas con seudónimos, que no suela emplear para comunicaciones relevantes, cuando quiera realizar compras por internet o inscribirse en foros.
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